Mayo 20, 2014.
RAZONES EN CRISOL
4
SEMANARIO
DR. JOSE LUIS ALVAREZ HERNANDEZ
Con objeto de ampliar un poco el tema
relativo a las garantías individuales y derechos fundamentales establecidos en
nuestra Constitución; la igualdad entre
ellas; el salario mínimo a que se refiere el Artículo 123 de dicho Ordenamiento
jurídico, y la realidad imperante en nuestro País; agregaremos algo de lo que
todos los mexicanos estamos conscientes respecto a determinados nucleos de la
población económicamente activa.
Dentro
de esos nucleos de población, existen varios grupos que a pesar de su condición
de población económicamente activa; resulta que no tienen salario alguno; lo
mismo dentro del sector Publico que dentro del sector Privado; siendo algunos
de los primeros, los llamados “meritorios”; quienes increíblemente trabajan, en
el sector público; concretamente en el Poder Judicial del Fuero Federal y del
Fuero Comun; y decimos increíblemente, porque se supone que no es posible que
haya personas que trabajen en las instituciones oficiales que imparten
justicia, sin salario alguno; ya que esto es precisamente en contra de la Justicia
Laboral; en contra de los Derechos Fundamentales consagrados en la Constitución;
y en contra de los lineamientos que se establecen en el Artículo 123 de
referencia; todo lo cual propicia la corrupción; y si alguien lo duda; que se
pregunte de qué viven los meritorios si no reciben sueldo; lo cual quizá la
mayor parte de la población en general, ignore; no así los que de una u otra
forma se encuentran relacionados con las instituciones que procuran e imparten
justicia en calidad de actores, demandados, litigantes, etc., que bien saben de
qué hablamos.
Asimismo,
tenemos varios grupos en el sector privado, de los cuales si sabemos de su
existencia, como son los trabajadores de las gasolineras, conocidos como “despachadores”,
que tampoco reciben sueldo alguno; además de ser obligados a vender productos
relacionados con el uso de los automóviles, como son los lubricantes,
anticongelantes, líquidos para frenos, etc.; de los cuales podríamos pensar que
las autoridades laborales no saben; lo cual sería dramático; ya que siendo
parte de las funciones de dichas autoridades, el velar por las garantías
laborales de los trabajadores en general, ignoraran que a este grupo de
personas no se les paga sueldo alguno; y que incluso, reiteramos, se les obliga
a vender determinados productos; lo que nos permite afirmar, no que ignoren las
autoridades tales hechos, sino que los permiten; a pesar de ser contrario a la
Ley en general, a las garantías individuales, en particular; y al cumplimiento
de las obligaciones de las autoridades laborales correspondientes.
También
tenemos en el sector privado, a otro grupo de trabajadores sin sueldo, con
anuencia de las autoridades correspondientes; que son los empacadores de
mercancías en las tiendas de autoservicio,; que conocimos como “cerillos”; no
sabemos ahora, que se les da oportunidad a las personas de la tercera edad; para
que ganen algunos pesos de propinas, en lugar de un sueldo; pero que
actualmente ocupan también a menores de edad, jóvenes, y adultos simplemente; desde
luego sin sueldo y mucho menos prestaciones.
Lo
mismo sucede entre la población (PEA), respecto a los meseros, que al igual que
los empleados de gasolineras, en su mayoría, no tienen sueldo alguno y viven de
las propinas; con conocimiento de las autoridades laborales, que lo permitan o
toleran, que para el caso da lo mismo; todo lo cual se traduce en desigualdad, corrupción,
impunidad, injusticia, violación a las garantías individuales y derechos
fundamentales; en un país que se precia de ser un Estado de Derecho, que desde
luego el Pueblo en general, no sabe que es eso de Estado de Derecho; ya que se
trata de una de las frases huecas que tanto pregonan gobernantes, legisladores,
funcionarios y políticos; por lo cual nos ocuparemos de ella próximamente.
DR. JOSE LUIS ALVAREZ
HERNANDEZ
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