Abril 28, 2014.
RAZONES EN CRISOL
2
SEMANARIO
Como lo prometido es deuda, continuaremos hablando de nuestra Constitución Federal; por lo que siguiendo un orden cronológico, tenemos que el Título Primero, Capítulo I de dicho Ordenamiento Jurídico, nos habla de las garantías individuales ahí consagradas; algunas de las cuales comentaremos en términos generales, comparándolas con la realidad de nuestro Pueblo, lo más brevemente posible por razones de espacio.
Empezando por el principio, tenemos que el Artículo 1 de nuestra Constitución, dice a grosso modo; que en los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, etc.; que está prohibida la esclavitud en este País; que queda prohibida la discriminación por razones de origen étnico, genero, edad, etc. El artículo 2, se refiere a la Nación Mexicana como única e indivisible; a la conciencia de identidad indígena; que las comunidades integrantes de un pueblo indígena son las que forman una unidad social, etc., el derecho de los pueblos indígenas; y la libre determinación, etc. El Artículo 3; dice que todo individuo tiene derecho a recibir educación preescolar, primaria, secundaria y media superior; que la educación que imparte el Estado, será gratuita, etc., entre otras cosas. El Artículo 4 del mismo Ordenamiento Jurídico, habla de la igualdad de hombres y mujeres; estableciendo como garantía individual, el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente, etc.; así como también el derecho a la protección de la salud; a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar; a que toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa; a que los niños y niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento, etc.; lo cual nos permite afirmar que todos estos derechos establecidos como garantías, son loables.
Sin embargo, la realidad es completamente distinta; según nos informan los medios de comunicación; a través de los cuales, nos enteramos de la pobreza, miseria, marginación, analfabetismo, injusticia, etc., en que viven los indígenas. La discriminación de la mujer, los feminicidios, etc. La falta de servicios médicos y sociales en que vive el Pueblo en general, la desnutrición, los jacales que habitan, nada decorosos por cierto.
Por lo anterior, surgen dos preguntas, que por lógica se desprenden de lo establecido en nuestra Constitución y la realidad; consistente la primera, en saber cómo lograr que esas garantías y derechos fundamentales de los mexicanos se hacen efectivas; si no existe una Ley Secundaria como dicen los legisladores, que nos indique qué trámites hacer, a quien dirigirse, a qué autoridad corresponden tales obligaciones derivadas de dichas garantías, etc., y todas las etcéteras posibles; las cuales hacen nulas las garantías que nos ocupan, en su totalidad, salvo en los discursos.
La segunda cuestión, es más grave que la primera; y consiste simplemente, en preguntarnos cómo es posible entonces, que teniendo los mexicanos tantas garantías individuales y derechos fundamentales; además de los miles de millones que dicen los gobernantes se destinan para hacer efectivas dichas garantías; haya tanta pobreza, desempleo, marginación, falta de servicios médicos y sociales, escuelas, etc.; cuando vemos también a tanto desheredado de la vida, tantos niños sin escuela, tantas personas sin alimentos; y para qué seguir, si sabemos que la única explicación es la corrupción y la impunidad.
A propósito de lo anterior, las Naciones Unidas a través del Fondo para la Infancia en México (UNICEF) y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), publicó en los medios, tan solo por lo que toca a los niños, que estos sufren pobreza en México de 53.8% entre niños y adolescentes; entre los que se encuentran en pobreza y los que se encuentran en extrema pobreza; independientemente de la pobreza reinante en las zonas indígenas, donde dicen los mismos organismos, que ocho de cada diez indígenas padecen de pobreza.
DR. JOSE LUIS ALVAREZ HERNANDEZ
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